SANTO DOMINGO, REPUBLICA DOMINICANA.– La Superintendencia de Seguros anunció la revocación de la autorización otorgada a Seguros Constitución S.A. para operar el negocio de seguros en todos los ramos en el país. La medida fue dada a conocer en un espacio pagado mediante la resolución 01-2017.

La medida resuelve además la toma de control de los activos de la compañía, los cuales quedarán bajo la guarda de la Superintendencia de Seguros.

Además ordena a la compañía a no ejecutar ninguna operación de venta ni suscribir contratos de seguro, ni efectuar ningún pago sin la debida autorización de la Superintendencia de Seguros.

El documento se encuentra en la página 7 del diario El Nacional.

Las razones por la que la Superintendencia cerró la compañía:

CONSIDERANDO: que de acuerdo al informe de la Dirección de Inspección se comprobó que Seguros Constitución, S. A. tiene déficit en el Índice de Liquidez Requerido, incumplimiento en el pago a los asegurados, corredores de seguros y ajustadores, no tienen habilitado sus registros contables y demás documentos obligatorios en violación a la Ley No.146-02 sobre Seguros y Fianzas y al Catálogo de Cuentas uniforme para todas las aseguradoras y reaseguradoras del país.

CONSIDERANDO: que Seguros Constitución, S. A. emitió cheques por concepto de pagos de obligaciones pendientes que no fueron realmente cobrados por sus beneficiarios, lo que representa una irregularidad del sistema contable exigido a las aseguradoras, violando el Catálogo de Cuentas uniforme para todas las aseguradoras. Asimismo, se imposibilitó determinar el balance real de los montos correspondientes a las obligaciones ya que la aseguradora no facilitó la documentación que avalan los mismos.

CONSIDERANDO:que Seguros Constitución, S. A. mantiene obligaciones contractuales con diferentes reaseguradores locales y del exterior que no están debidamente registradas en esta Institución, en violación a los artículos Nos.23 y 26 de la Ley No.146-02 sobre Seguros y Fianzas.

CONSIDERANDO: que Seguros Constitución, S. A. ha invertido más del 30% de las reservas en diversas empresas, lo que constituye una flagrante violación al art. 146, literal l) de la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas.

CONSIDERANDO: que las reservas específicas no fueran constituidas en relación a las obligaciones retenidas pendientes de cumplir por dicha aseguradora, en franca violación a lo establecido en el art.145 de la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas.

CONSIDERANDO: que Seguros Constitución, S. A. tiene deudas acumuladas por concepto de impuestos pendientes de pago a la Dirección General de Impuestos Internos.

CONSIDERANDO: que los Gastos Generales y Administrativos de Seguros Constitución, S. A. presentan un exceso en relación a los ingresos, dando como resultado una pérdida por un monto elevado. En adición, dicha aseguradora mantiene obligaciones pendientes con los proveedores, suplidores y por concepto de servicios profesionales legales.

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Res.No.01-2017, d/f /13/1/2017/, revocaciónde las

operaciones de Seguros Constitución

CONSIDERANDO: que la situación financiera que presenta Seguros Constitución, S. A., de iliquidez y cesación de pagos, así como lasituación deficitaria en elpatrimonio técnico ajustado, y en laliquidez mínima requerida, no le permiten continuar realizando sus operaciones de seguros, conforme a la Ley No.146-02 sobre Seguros y Fianzas.

CONSIDERANDO: que Seguros Constitución, S. A. no presentólos Estados correspondientes al año 2015 (auditados) ni los estados trimestrales correspondientes al año 2016, en violación a los artículos Nos.153, párrafo uno y párrafo 2 y 155 de la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas.