MSP anuncia nuevas medidas sanitarias tras el levantamiento del estado de emergencia
SANTO DOMINGO, República Dominicana. – El Poder Ejecutivo dispuso el levantamiento del estado de emergencia a partir de las 5:00 de la mañana del próximo lunes 11 de octubre de 2021.
Mediante el Decreto 622-21 se establece que queda levantado el estado de emergencia declarado para combatir la pandemia de la COVID-19 como lo estableció el Decreto núm. 265-20, y prorrogado por última vez mediante el Decreto núm. 528-2 1, en virtud de las respectivas autorizaciones dadas por el Congreso Nacional a través de sus resoluciones núm. 70-20 y núm. 323-21.
Este viernes, el Ministerio de Salud Pública dio a conocer las medidas sanitarias que regirán en suelo dominicano a partir del lunes 11 de octubre tras el levantamiento del estado de emergencia y el toque de queda. Dentro de ellas menciona que las personas a partir de los 12 años de edad, no podrán acceder a lugares públicos, escuelas, trabajo y otros si no presentan su tarjeta de vacunación o, en su defecto, una prueba PCR negativa.
Medidas sanitarias tras el levantamiento del estado de emergencia
- Las personas mayores de 12 años deberán presentar un documento de identidad y su tarjeta de vacunación con por lo menos dos dosis de la vacuna contra la COVID-19, ambos en original o en copia legible física o digital a la autoridad pública o privada correspondiente.
- El uso obligatorio de mascarillas y lavado de manos,
- Se permitirá recibir personas solamente a un 75 % de capacidad total de establecimientos de uso público
- Las celebraciones que impliquen aglomeración se deberá contar con un permiso especial del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS).
- La venta de bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión de lunes a viernes solo hasta las 12:00 de la medianoche, mientras que los sábados y domingos solo hasta las 2:00 a.m. #alcarrizosnews #decretos #Covid-19