SANTO DOMINGO, R.D.- La nueva Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, como organismo rector y operativo de reorganizar el transporte de carga y pasajeros, eliminará siete organismos oficiales que regulan ese sector, limitará a los motociclistas a abordar una persona no menor de ocho años y también obligará los carros públicos a montar sólo cinco personas, incluyendo el conductor.

La legislación crea al Instituto de Tránsito Terrestre (Intrant), organización que será la encargada de organizar el transporte terrestre en el país.

La normativa elimina la Oficina Técnica del Transporte Terrestre (OTTT), Dirección General de Tránsito Terrestre (DGTT), Consejo para la Administración y Regulación de Taxis (CART), Caja de Pensiones y Jubilaciones para los Choferes del Transporte Público, y el Fondo de Desarrollo del Transporte Terrestre (Fondet).

Además fusiona a la Autoridad Metropolitana del Transporte (AMET) y la Autoridad Metropolitana del Transporte de Santiago (Ametrasan), en la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett).

También la Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial que fue consensuada con transportistas, sector privado y técnicos extranjeros, tiene como fin reorganizar la movilización de transporte de carga y pasajeros.

Las multas que se cobren por violación a la ley a los conductores, el 75 por ciento se entregará a la Procuraduría General de la República, y el 25% al Intrant. Además se establece que el Ministerio de Educación deberá incluir en su currículum docente la materia de educación vial.

Las violaciones de conductores a la normativa se castigará desde un salario mínimo hasta 20, así como los accidentes provocados, que terminaría con la cancelación de la licencia de conducir desde uno a cinco años o la reducción de puntos al chofer por incurrir en violaciones.

Asimismo, la normativa establece que el Intrant actuará y será drástico en con los comerciantes y conductores que obstaculicen las aceras y las calles sin la autorización correspondiente.

“Queda prohibido establecer quioscos, casetas, puestos de ventas en las vías públicas y paseos. La persona que viole esta disposición será sancionada con el pago de un salario mínimo del sector público”, precisa el artículo 147 del proyecto.

Además enfatiza que los conductores del trasporte de pasajeros urbano e interurbano estarán sujetos a exigencia de calidad o no podrán tomar pasajeros que no sean en las paradas establecidas, reseñó El Nacional.

La iniciativa fue aprobada anoche por el Senado durante una sesión que se prolongó por casi cinco horas, y será conocida en dos lecturas consecutivas por la Cámara de Diputados, ya que esta será promulgada por el Poder Ejecutivo y el presidente Danilo Medina la incluirá en el discurso de rendición de cuentas el 27 de febrero.