Pese a que militar debería estar retirado según Ley Orgánica FFAA

 

Trabajo producido para www.laevidencia.com.do 

Mientras las redes sociales están llenas de conmovedoras historias de policías y militares que suspiran tras haber recibido una pensión de 10, 15, 20 ó 30 mil pesos, el Poder Ejecutivo permite al Gobernador del Banco Central y a Luis Abinader, tener asesores en materia de seguridad que deben estar retirados, según la Ley Orgánica de las FFAA. 

El vicealmirante, Edwin Rafael Dominici Rosario, actual asesor de seguridad de la Gobernación del Banco Central de la República Dominicana, con un sueldo de 501,935.00 y tiene 40 años de haber ingresado a las filas de la entonces Marina de Guerra, actual Armada Dominicana (1982).

El artículo 155 es claro: “El retiro en las Fuerzas Armadas se clasifica como sigue: 1) Voluntario. Se concede a solicitud de aquellos miembros de las Fuerzas Armadas a partir de haber acumulado veinticinco (25) años de servicio, de conformidad con lo que dispone la presente ley. 2) Por Antigüedad en el Servicio. Se establece de manera obligatoria cuando el miembro acumula cuarenta (40) años de servicio en las Fuerzas Armadas.

En ese orden, a Dominici también se le aplica lo que dice el Artículo 157.- Retiro Obligatorio por Antigüedad en el Rango. “Sobre retiro por antigüedad en el rango, de igual manera, el retiro es obligatorio al momento de cumplir diez (10) años en la categoría de generales y almirantes salvo que esté desempeñando una posición de Ministro de Defensa, viceministros, Comandante General Conjunto, Inspector General de las Fuerzas Armadas, Comandante General de una de las instituciones militares o Jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial. En el caso de los coroneles o capitanes de navío el retiro será obligatorio al momento de cumplir diez (10) años en el grado; se les debe de reconocer el grado de general de brigada o contralmirante, siempre y cuando sean diplomados de Estado Mayor”.

En atención a lo anterior, Dominici, fue viceministro de Defensa, para Asuntos Navales y Costeros (2014-2016) y comandante general Armada de República Dominicana, (2012-2014), por este último puesto debió ser puesto en retiro al culminar su gestión y no ser ascendido a un puesto superior (Art. 157, Ley 193-13), por lo que estar en el Banco Central no es un mando superior en las filas.  

Es importante aclarar, que aunque Dominici se graduó en 1986, ingresó a las filas en 1982, según documentos consultados por www.laevidencia.com.do, por lo que se la cuenta desde esa fecha.

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Hugo Rafael González Borrell, mayor general piloto de la Fuerza Aérea de República Dominicana (FARD) y Edwin Rafael Dominici Rosario, vicealmirante de la Armada de República Dominicana (ARD)

Larga ternura de Valdez Albizu con Dominici

Probablemente de manera “coincidencial”, Dominici Rosario ha estado nombrado en el Banco Central, por lo menos por algún tiempo, durante todas las gestiones de Héctor Valdez Albizu. Entre sus funciones en el Banco se destacan la de Asesor de Seguridad (actualmente); asesor de Seguridad (2006-2011); jefe de Escolta del Gobernador del BCRD (1995-2000), oficial supervisor de Seguridad del BCRD (1993).

El caso de González Borrell y el decreto de Abinader

En fecha 11 de septiembre de 2020, el presidente de la República, Luis Abinader, designó mediante el decreto número 463-20 a Hugo Rafael González Borrell, mayor general piloto de la Fuerza Aérea de República Dominicana (FARD), como asesor militar, naval y aéreo del Poder Ejecutivo.

Conforme a la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Dominicanas, ese decreto riñe con la norma

González Borrell, nació en junio de 1953 por lo que este año cumplirá 69 años, según pudimos verificar en su declaración jurada, por tanto se le aplica la escala de los 61 años de edad máxima para el retiro, en el caso de los generales (Art. 157, Ley 139-13). Asimismo, se le aplica el artículo 155 por tener 48 años en la milicia.

Paradójicamente, el Mayor General Piloto FARD Hugo González Borrell, fue presidente de la Junta de Retiro de las Fuerzas Armadas, en el gobierno de Danilo Medina.

Es importante recordar que el artículo 253 de la constitución dominicana, indica que la carrera militar es regida por la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas 139-13. 

¿Será que el amiguismo y la complacencia es una cultura en la clase política dominicana para violar las leyes? ¡Sea usted el jurado!